De acuerdo con el Decreto 525 de 2021 el porcentaje de personal artístico y técnico colombiano en las coproducciones cinematográficas nacionales de largometraje se acreditará de la siguiente forma:
Largometraje
Personal artístico colombiano en coproducciones nacionales de largometraje
Cuando se trate de largometraje de ficción, documental o animación, el personal artístico de la coproducción deberá acreditarse de la siguiente manera:
El personal artístico mínimo exigido según el tipo de obra y la participación económica nacional, se acreditará con los cargos que se señalan en la siguiente tabla:
* Si la coproducción cuenta entre su personal artístico con un director colombiano, este equivaldrá a dos participaciones.
Personal técnico colombiano en coproducciones nacionales de largometraje
El personal técnico colombiano mínimo exigido según el tipo de obra y la participación económica nacional, se acreditará con los cargos elegibles señalados a continuación:
* Las personas acreditadas deben desempeñarse en cargos diferentes.
Cortometraje
Personal artístico colombiano en coproducciones nacionales de cortometraje
Se acreditará con la participación del director de la obra cuando éste sea colombiano. Si el director es extranjero, se deberán acreditar 3 cargos de los señalados en la siguiente tabla:
* Las personas con las cuales se acredita la participación a la que se refiere el presente artículo deben desempeñarse en cargos diferentes.
* Las coproducciones nacionales de cortometraje no requieren la participación de personal técnico colombiano.