La ley general de cultura crea los consejos de las artes y la cultura en áreas artísticas como colectivos en los que convergen la sociedad civil y el Estado, para trabajar conjuntamente en la creación de condiciones favorables al ejercicio de los derechos culturales. En términos de participación ciudadana, los consejos se relacionan con el acceso a bienes y servicios culturales y con la garantía, para que los diferentes grupos que conforman el sector puedan expresarse, comunicarse, crear y asegurar su propio desarrollo.
El Estado a través del Ministerio de Cultura, creará y reglamentará los consejos Nacionales de las Artes y la Cultura en cada una de las manifestaciones artísticas y culturales.
Estos consejos de cultura serán entes asesores del Ministerio de Cultura para las políticas, planes y programas en su área respectiva.
Conformación:
Los Consejos Nacionales de las Artes y la Cultura en cada una de las manifestaciones artísticas y culturales estarán conformados de la siguiente manera:
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El ministro de Cultura o su delegado que será el director del área respectiva del Ministerio de Cultura.
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Dos (2) representantes con amplia trayectoria en la respectiva área, designados por el ministro de Cultura.
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Un (1) representante por cada uno de los cinco (5) grupos regionales*, conformados por los Departamentos y Distritos que a continuación se indican, elegidos democráticamente, quienes deberán contar con trayectoria en el área respectiva.
Artículo 2.2.1.28., Decreto 1080 de 2015
*En el decreto 3600 de 2004 recogido en el decreto 1080 de 2015, los grupos regionales eran cinco (5): Caribe, Occidente, Centro Oriente, Amazonía y Orinoquía.
Con el propósito de
lograr una mayor representatividad regional, para la elección de los consejeros de áreas artísticas y de medios ciudadanos,
se tendrán en cuenta las seis (6) regiones OCAD -Caribe, Centro Oriente, Centro Sur Amazonía, Eje Cafetero, Llanos y Pacífico-, definidas en el Acuerdo Único 45 del 14 de noviembre de 2017 de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, “Por medio del cual se expide el Acuerdo Único del Sistema General de Regalías (SGR), y se dictan otras disposiciones”.-